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RAPPORT D'ÉVALUATION DU BÂTIMENT - IEECV

Si vous êtes arrivé jusque-là, c'est parce que, en tant que propriétaire individuel ou pour le compte d'une communauté de voisins, vous avez besoin des services de l'IEE ou du rapport d'évaluation du bâtiment parce que vous avez atteint ou dépassé la limite légale d'inspection obligatoire des habitations bâtiments fixés à 50 ans et éventuellement vous avez une exigence municipale ou au contraire vous souhaitez intervenir sur votre immeuble même si vous n'avez pas 50 ans et vous pouvez bénéficier des multiples aides existantes, pour lesquelles la délivrance de l'IEE est nécessaire auparavant

Eh bien, si vous vous trouvez dans une situation ou une autre, il vous suffit d'entrer le lien suivant où j'ai une page Web spécifique pour ce type d'intervention professionnelle et au cas où vous auriez des questions non résolues, vous pouvez m'appeler au numéro suivant et Je serai ravi de pouvoir vous aider - 601093372. Je vous ai également laissé une vidéo de synthèse explicative ci-dessous afin que visuellement et graphiquement vous puissiez mieux comprendre toute la procédure.

https://valypam.wixsite.com/ieecomunidadvalencia

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AUDIOS ACERCA DEL I.E.E  Y SUS AYUDAS POR ARQUITECTO TÉCNICO

AYUDAS VARIAS
00:00 / 09:18
Ayudas oficiales a reformas y rehabilita
00:00 / 05:16

Profesionales del IEEV.CV - Registro CHC
 

Requisitos
 

a. Estar inscrito en un Colegio Oficial de profesión habilitante para la redacción de proyectos y dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación de uso residencial, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación. Estos colegios profesionales pueden ser:
 

  • Colegios de Aparejadores, Arquitectos técnicos e Ingenieros de la Edificación

  • Colegios de Arquitectos
     

b. Estar en posesión del Certificado de Aptitud, que es el certificado de haber superado la prueba habilitada por la DG de Calidad y el IVE en el apartado web del Registro. Esta prueba es específica sobre la realización del informe de evaluación del edificio de uso residencial vivienda, las herramientas informáticas para su elaboración y el registro autonómico para el IEEV.CV.
Este examen es convalidable con el vinculado al Curso «Caracterización de lesiones en edificios y redacción del informe IEEV.CV«. Es decir, que los alumnos que se hayan inscrito al curso, podrán aportar el Certificado de Aprovechamiento de este curso como equivalente al Certificado de Aptitud.

 

Inscripción y mantenimiento
 
  • Proceso de inscripción: Presenta tu solicitud de inscripción enviando a certificacion@five.es la siguiente documentación en formato PDF:
     

    1. Formulario de solicitud cumplimentado y firmado.

    2. Certificado de colegiación emitido por el colegio correspondiente, cuya fecha de emisión no sea anterior a 1 mes.

    3. Certificado de Aprovechamiento del Curso «Caracterización de lesiones en edificios y redacción del informe IEEV.CV» o Certificado de haber superado la Prueba de Aptitud de este registro, cuya fecha de emisión no sea anterior a 1 año.
       

  • Mantenimiento: Cada 3 años, las personas inscritas en el registro que deseen permanecer en el mismo deberán presentar en certificacion@five.es  la siguiente documentación en formato PDF:
     

    1. Formulario de solicitud cumplimentado y firmado

    2. Certificado de colegiación emitido por el colegio correspondiente, cuya fecha de emisión no sea anterior a 1 mes.

    3. Y alguna de las siguientes evidencias:

      • Listado de informes registrados en el Registro GVA del IEEV.CV, en el que figuren al menos 3 informes registrado durante los últimos 3 años. Estos informes se identificarán mediante la referencia catastral del edificio.

      • En ausencia del listado anterior, aportar Certificado de Aptitud como el exigido en la primera inscripción, emitido con menos de 6 meses de antigüedad
         

Ventajas para la ciudadanía
 

Contar con un listado organizado de profesionales del IEEV.CV que le facilitará cumplir con el deber de inspección y conservación de los edificios, tal y como establece el artículo 189 de la LOTUP (Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje) y el Decreto 53/2018 por el que se regula la realización del informe de evaluación del edificio de uso residencial de vivienda y su Registro autonómico en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
 

Las personas propietarias de toda edificación con uso residencial destinado a vivienda de antigüedad superior a 50 años, deberán promover, al menos cada 10 años, la realización de una inspección técnica, a cargo de órgano facultativo competente que evalúe el estado de conservación del edificio.
 

El resultado de esta inspección se recogerá en un informe (IEEV.CV) y contemplará la evaluación del estado de conservación, la evaluación de las condiciones de accesibilidad y la evaluación de la eficiencia energética del edificio.
 

Este informe es necesario también en el caso de solicitar ayudas públicas para la rehabilitación del edificio.
 

En edificios de usos distintos al de residencial vivienda y con antigüedad superior a 50 años también se exige este informe, evaluando únicamente el estado de conservación.
 

Ventajas para la persona inscrita como profesional del IEEV.CV
 
  • Figurar en un registro de acceso público, promovido por la GVA, en el que la ciudadanía puede encontrar agentes de la construcción, productos y buenas prácticas en materia de edificación, que puede facilitarle la contratación de servicios como proyectos, obras o la adquisición de productos de calidad.
     

  • Contar con herramientas de difusión de su condición de Profesional del IEEV.CV.

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